INECO | Febrero 2020
En INECO, a pesar de no existir una obligación legal, se ha tomado la iniciativa de publicar todos los derechos que asisten a las mujeres que sean víctimas de violencia de género, facilitando a las víctimas un canal de comunicación al efecto, a través del buzón de igualdad@ineco.com, con el objetivo de ofrecer la máxima protección a este colectivo.
De igual modo, se pone a disposición de todas las mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género un servicio de asesoramiento personalizado relativo a cualquier cuestión de carácter laboral (posibles reducciones de jornada, reordenación del tiempo de trabajo, traslados de centros de trabajo, suspensión temporal de contrato, extinción de contrato con derecho a prestación por desempleo, tratamiento de ausencia o faltas de puntualidad, etc.).
Asimismo, se incorporan derechos que mejoran lo establecido en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, como son i) ofrecer el Programa de Beneficios Sociales al 100 % a las mujeres que, con motivo de su condición de víctimas de violencia de género, hayan solicitado una reducción de jornada y, ii) la aplicación de la compensación que, en su caso, corresponda en atención a la norma de movilidad en territorio nacional vigente cuando la mujer que sea víctima de violencia de género pase a prestar servicios en un centro de trabajo que radique en una provincia distinta de la que se encuentre en dicho momento.
También, se realizarán campañas de difusión, sensibilización y concienciación sobre la igualdad entre mujeres y hombres y el respeto a los derechos fundamentales, para avanzar en la construcción de una sociedad libre de violencia de género.
Por otro lado, INECO, en su firme idea de fomentar la contratación de mujeres víctimas de violencia de género, ha adquirido el compromiso de suscribir acuerdos de colaboración con asociaciones contra la violencia de género para promover su contratación.
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